Please use this identifier to cite or link to this item: http://hdl.handle.net/20.500.12984/1489
Title: El interés superior del niño
Authors: GÁLVEZ PAZ, VANESA
VALENZUELA CALDERÓN, JOSÉ LUIS
Issue Date: Oct-2013
Publisher: Universidad de Sonora
Abstract: El tema el interés superior del niño es un tema de suma importancia, teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, "el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento", pero primero que nada hay que considerar que de conformidad con los principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas, donde nos expresa que la libertad, la justicia y la paz en el mundo se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, convenciéndonos de que la familia, es el grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, deben de recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad, estableciendo que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión; también considerando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad. Ante todo debemos tener presente la necesidad de proporcionar al niño una protección especial, misma que ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño. Hay que reconocer la importancia de la cooperación de todos para el mejoramiento de las condiciones de vida de los niños en todos los países, también es importante tomar en cuenta que muchas veces para lograr la protección y el bienestar de los niños, se tiene que acudir a la adopción y la colocación en hogares de guarda, ya que estos resultan ser la tabla de salvación para aquellos niños que se encuentran en peligro, por provenir de hogares donde exista algún tipo violencia. Se debe reconocer que en todos los países del mundo hay niños que viven en condiciones excepcionalmente difíciles y que esos niños necesitan especial consideración, ya que muchos de ellos se encuentran en factor de riesgo, entendiendo este como cualquier característica o cualidad, que se sabe va unida a una elevada probabilidad de dañar la salud. A diferencia de lo que se cree habitualmente, una gran parte de las personas que durante su infancia y adolescencia padecieron un hogar con vínculos violentos, cuando llegan a la vida adulta, no sólo no repiten el modelo, sino que logran conectarse con sus propios hijos de una manera comprensiva sin reproducir el maltrato. La influencia positiva de ciertos factores de protección que disminuyeron el impacto del daño y les ofrecieron una alternativa mejor. Existen diversos factores de riesgo que ponen en peligro el bienestar del menor entre los factores de riesgo que pueden perpetuar el ciclo de la violencia en el hogar, encontramos: el aislamiento del niño respecto de las redes sociales que podrían protegerlo, el silencio o la negación del problema que padece, la naturalización de determinados hechos violentos por parte de la sociedad o la comunidad en la que vive y el sentimiento de culpa por el cual el chico se siente merecedor del castigo que recibe. Pero por el contrario también contamos con factores de protección, los cuales consisten en: la existencia de redes de contención, las acciones que estimulen la autoestima, la confianza en sí mismo y el reconocimiento de que se tiene derecho a ser querido por el solo hecho de existir. La Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños son normas provenientes de instrumentos de derechos humanos de carácter general y de principios y derechos propios de la tradición jurídica vinculada a los derechos de la infancia. Sin embargo, las disposiciones de la Convención deben ser interpretadas y comprendidas sistemática y armónicamente; esto tendrá particular importancia para interpretar, a la luz del nuevo contexto, aquellos principios que la Convención ha recogido del anterior derecho de familia o de menores, como es el caso del de "interés superior del niño". La convención de los derechos del niño hace el reconocimiento al principio del interés superior del niño estableciendo: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”; entendiéndose como tal que siempre se va a buscar el bienestar y estabilidad emocional, y así mismo se brinde siempre un núcleo familiar estable para todo niño sin excepción de raza, genero, dándole la importancia merecida a este grupo vulnerable del que todos algún día fuimos parte.
Description: Tesina de licenciatura en derecho
URI: http://hdl.handle.net/20.500.12984/1489
ISBN: 1302943
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