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dc.contributor.authorDURAZO PUENTE, KAREN ARLETTE
dc.creatorDURAZO PUENTE, KAREN ARLETTE; 885150
dc.date.issued2019-07
dc.identifier.isbn1920329
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12984/4145
dc.descriptionTesis de maestría en impuestos
dc.description.abstractTesis de maestría en impuestos. Las empresas que utilizan inventarios de materias primas, productos semi-terminados o terminados, materiales auxiliares de producción, entre otros, están propensos a que las existencias sufran deterioro u obsolescencia por el manejo y/o por el paso del tiempo y en consecuencia se conviertan en productos inservibles para la operación del negocio o su comercialización. En base a lo anterior los empresarios requieren que la autoridad les reconozca dichas pérdidas para la base del impuesto sobre la renta (ISR) e impuesto al valor agregado (IVA). Se reconoce en las deducciones autorizadas para efectos del ISR las mercancías que por deterioro u obsolescencia pierden su valor, tanto la LISR como LIVA contemplan dichas contingencias, con el fin de que el contribuyente este en la posibilidad de no gravar el valor de la mercancía que por su deterioro u otras causas no imputables al contribuyente por las que hubieran perdido su valor, así como perdidas de inventarios derivadas de fraudes y robos, siempre que se cumpla con una serie de requisitos establecidos en los distintos ordenamientos tributarias así como en sus reglamentos. La presente investigación se llevó a cabo mediante el método cualitativo y descriptivo basada a través del análisis documental mediante la consulta de libros, revistas y artículos en internet, legislación vigente, así como publicaciones de los organismos afines a los temas que se abordan en su contenido. Lo que se logró con la presente investigación es reconocer exactamente en qué rubro se deben registrar los faltantes en inventarios deducibles para impuestos, así como definir la manera en que los faltantes en inventarios deben ser documentados para lograr acreditarlos legalmente con efectos fiscales. Se concluye que de contar con faltantes en inventarios, primeramente el contribuyente deberá de identificar el tipo de bien del que se trata y los motives específicos de la pérdida o deterioro del bien, para así poder optar por la vía más conveniente de deducción según la ley se lo permita.
dc.description.sponsorshipUniversidad de Sonora. División de Ciencias Económicas y Administrativas. Departamento de Contabilidad, 2019.
dc.formatPDF
dc.languageEspañol
dc.language.isospa
dc.publisherDURAZO PUENTE, KAREN ARLETTE
dc.rightsopenAccess
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.subject.classificationCONTROL DE INVENTARIOS
dc.subject.lccKGF4612.D87
dc.subject.lcshEstímulos fiscales
dc.subject.lcshImpuestos
dc.titleTratamiento fiscal de los faltantes en inventarios
dc.typeTesis de maestría
dc.contributor.directorFELIX ENRIQUEZ, SERGIO; 667920
dc.degree.departmentDepartamento de Economía
dc.degree.disciplineCiencias Sociales
dc.degree.grantorUniversidad de Sonora. Campus Hermosillo
dc.degree.levelMaestría
dc.degree.nameMaestro en Impuestos
dc.identificator120319
dc.type.ctimasterThesis
Appears in Collections:Tesis de Posgrado
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